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El Gobierno presentó el proyecto de Ley para la pluralidad sindical en el Estado

El secretario de Estado de Trabajo, Lucas Pica, consideró como un cambio de paradigma el pluralismo sindical en representación de los trabajadores estatales rionegrinos.

Fecha: 7 de mayo de 2018

En este marco, el titular de Trabajo acompañado por el ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, presentaron en la Comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura el proyecto de Ley –con Acuerdo de Ministros- para la reforma de la Ley 3.052 de la Función Pública, la Ley 3.487 del Estatuto del empleado público y la Ley K 4.294, de creación del Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP).

En comisión el secretario de Estado de Trabajo expresó “creo que estamos proponiendo un verdadero cambio de paradigma en las relaciones colectivas en el diálogo entre los representantes de los trabajadores del colectivo de los empleados públicos y el Estado como empleador”.

Asimismo Pica remarcó que “este proyecto tiene un solo fin que es que las voces de la totalidad de los trabajadores públicos rionegrinos puedan estar, a través de sus representantes, en las negociaciones colectivas”, y prosiguió  “este es el fin último y es lo que hace que en Río Negro comencemos a hablar de un nuevo paradigma en las relaciones entre los trabajadores, las asociaciones gremiales y el Estado”.

Pica explayó que “estamos dando un marco normativo a la realidad a la que acontece día a día en nuestros hospitales, en nuestros registros públicos, en las delegaciones del IPROSS, en definitiva en lo que acontece diariamente en el Estado rionegrino”.

En esta línea, el funcionario expuso el proyecto a partir del reconocimiento de la pluralidad sindical como paradigma actual, en el caso de las asociaciones gremiales que representan a los trabajadores públicos rionegrinos.

Este proyecto tiende a ampliar la participación sindical en el ámbito público en consonancia con los preceptos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Constitución Nacional y normas nacional a partir de fallos jurisprudenciales.

Específicamente, el proyecto –con Acuerdo General de Ministros- propicia la modificación parcial de la Ley Nº 3.052, de la Función Pública, como así también la Ley 3.487 – Estatuto del empleado público-, y la Ley K 4.294 del IPAP.

En términos generales, la modificación de la Ley de la Función Pública estipula:

-         La integración del Consejo provincial de la Función Pública que se amplía a un vocal por cada una de la asociaciones gremiales legalmente reconocidas;

-         La integración de la Comisión Técnica Ejecutiva del Consejo de la Función Pública se amplía a un representante por cada una de las asociaciones gremiales;

-         La integración del comité institucional de organización y recursos humanos se integra por cada una de las asociaciones gremiales reconocidas;

-         Se integra la Junta de Reclamos por cada una de las asociaciones gremiales;

-         Y se integra a la Junta Evaluadora un representante por cada una de las asociaciones gremiales.

 

En relación al Estatuto del Empleado Público:

-         Se amplía la representación sindical en la Junta de Disciplina a razón de un vocal gremial por cada asociación legalmente reconocida;

 

En el caso del Directorio del IPAP:

-         Se integra por cada unos de los representantes gremiales.

 

 

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