La disposición 02/2018 de este organismo de seguridad nacional, estableció ampliar el tiempo para la puesta en vigencia de esta exigencia ante el pedido de empresas pesqueras, asociaciones, cámaras de armadores y actores vinculados a la actividad.
Transcurrido este plazo, que termina el 30 de julio, los buques pesqueros de bandera nacional que operan en el mar argentino tendrán la obligación de contar con los trajes de inmersión o no serán autorizados a despachar.